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Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología
Carta Ortopédica SCCOT Septiembre de 2006



http://www.sccot.org.co/
- PBX: 6257445 -


LA RECERTIFICACIÓN

Existe una sentida y justificada preocupación por los proyectos de ley que se han presentado y/o cursan en el Congreso de la República y/ que se encuentran para firma por parte del Presidente.

El Proyecto de Ley de Talento Humano se encuentra en la Corte Constitucional, paso previo para la sanción presidencial. Esto representa un fortalecimiento de las sociedades científicas ya que en la Recertifi cación, éstas serán los pares naturales para realizar este proceso.

Una de las funciones intrínsecas y a la vez razón de existir de la Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología, es excelencia académica; al mismo tiempo una vez sancionada la Ley de Talento Humano, el estado asignará funciones públicas en las que se entrecruzarán este mandato de Ley y la misma excelencia. Así que el resultante de esta mezcla es que la Recertifi cación no solamente debe verse como un cumplimiento obligatorio legal sino un medio para demostrar que se está – en la medida de las posibilidades individuales y regionales – en la búsqueda de esta excelencia.

Filosófi camente el estado parte de la base que cada persona es libre de escoger su profesión a la vez que aquel a través de las autoridades competentes tiene el derecho de exigir títulos de idoneidad y vigilar el ejercicio profesional. Así mismo los profesionales pueden organizarse en Colegios con carácter democrático a los que le Ley podrá asignar funciones públicas. Las asociaciones de profesionales tienen un manejo distinto en cuanto a que son personas jurídicas de derecho privado, conformadas por la voluntad manifiesta de sus miembros además que la misma ley no les exige tener el carácter democrático de los colegios. En nuestro caso, pertenecemos al Colegio Médico Colombiano y conformamos la Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología.

Debemos recordar que la SCCOT en su pasada reforma estatutaria amplió las bases de ingreso con la membresía única haciendo que todos los ortopedistas Colombianos puedan ser Miembros Titulares.

Las funciones públicas que los Colegios Profesionales de la Salud recibirán por delegación, se pueden resumir en tres: 1. Tramitar y realizar el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud; 2. Expedir la Tarjeta Profesional y 3. Implementar el proceso de Recertificación para así Acreditar al Profesional; para esto, deberán reglamentarla.

La Certifi cación la realiza las Instituciones Universitarias mientras que la Recertificación la llevará a cabo los Colegios Profesionales a través de las Asociaciones respectivas, esto es, finalmente por pares.

Debe entenderse la Recertifi cación como un sistema de garantía de calidad en el que se evalúa el grado de competencia para efectuar las acciones propias de la disciplina en concordancia al progreso de cada área del conocimiento en ciencias de la salud.

Como ya se establecía en el formulario que se envió hace un par de años, las actividades que se considerarán para establecer los puntajes son muy diversas siendo por su puesto la más importante el mismo ejercicio de la profesión, seguida de la educación continuada recibida y la participación docente; en ese orden de ideas se tendrán en cuenta la asistencia a Cursos, Jornadas, Seminarios, Conferencias, Charlas, Congresos, Talleres, Cursos a Distancia por medios virtuales; participaciones en Simposios, Paneles, Mesas Redondas, Foros, Campañas o Programas Especiales; Participación como Instructor, Coordinador, Profesor, Expositor en las mismas ya mencionadas así como en la Facultad de Medicina tanto en pregrado como postgrado y en las á reas de Subespecialización Producciones relacionadas con la profesión o especialidad como artículos en revistas Indexadas o no, autoría de Capítulo en Libro o Autoría – Edición de Libro, Video, Poster´s.

La reglamentación, categorización y asignación de puntajes a todas estas actividades está en proceso de estudio para que una vez se convierta en Ley, se implemente en la Recertificación de los Ortopedistas Nacionales.

Este mes nos desviamos de las noticias de lo que va sucediendo en la Sociedad para recordar que se nos viene la Recertificación una vez se convierta en Ley de la Nación.

 

RODRIGO LÓPEZ
Secretario General

 

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  15/Nov/2006

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