Quienes Somos
Comunidad /
 
Estatutos
 

RESOLUCIÓN Nº 009
(24 de Abril de 2007)

Por la cual se reglamenta la utilización de poderes para el ejercicio del sufragio en las Asambleas Regionales.

EL COMITÉ DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE CIRUGÍA ORTOPÉDICA
Y TRAUMATOGÍA SCCOT

En uso de sus facultades estatutarias, especialmente las contenidas en los artículos 6º y siguientes, y literal d) del artículo 47 del Estatuto vigente y

CONSIDERANDO:

1) Que se hace necesario fijar el alcance de la expresión “Voto personal y directo”, contemplado en el parágrafo 5 de la articulo 22 del estatuto vigente y reglamentar el uso de poderes en las Asambleas Regionales

RESUELVE:

ARTICULO 1º,- Se entiende por “voto personal y directo” el ejercido por el sufragante para elegir directamente los dignatarios sometidos a jornada electoral. Esta modalidad de voto se diferencia del voto personal e indirecto, que implica la elección de un colegio electoral, corporación intermedia que a su vez elige la dignidad respectiva. Esta última modalidad es inexistente estatutariamente en la SCCOT

ARTICULO 2º.-  Para la elección de Delegados y Vocales, el ejercicio del ”voto personal y directo” debe realizarse en el marco de la Asamblea Regional convocada estatutariamente y podrá ejercerse presencialmente o mediante poder escrito o virtual, previamente definido en la respectiva Asamblea y validado por la Revisoría Fiscal.

ARTÍCULO 3º,- La presente Resolución rige desde el momento de su emisión.

 

Comuníquese y cúmplase
Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2007

RODRIGO LÓPEZ ROGRÍGUEZ
Secretario General
JORGE FELIPE RAMÍREZ LEÓN
Presidente




Volver al home
 
Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología