1.4. DE LA COMISIÓN VERFICADORA DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE DIGNATARIOS Y SUS RESPONSABILIDADES
Conforman la Comisión Verificadora del Proceso; Secretario General, Fiscal y Revisor Fiscal.
Dentro de la comisión verificadora en el proceso de elección de dignatarios, no puede formar parte ningún miembro que este postulado dentro de las planchas objeto de calificación y evaluación; esto en aras de la transparencia y evitar conflicto de intereses.
1.5. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO
| ACTIVIDAD |
RESPONSABLE |
TERMINO |
TERMINO |
DESDE |
HASTA |
Expedición y publicación ordena la apertura convocatoria |
JD / PRESIDENTE |
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13 MAYO |
31 MAYO |
publicación de requisitos |
JD/SECRETARIO |
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13 MAYO |
31 MAYO |
Plazo para presentar y recepcionar postulación de planchas |
JUNTA DIRECTIVA |
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31 MAYO |
Cierre entrega de postulación de planchas |
COMISIÓN VERIFICADORA (SECRETARIO GENERAL- FISCAL Y REVISOR FISCAL) |
31 MAYO DE 2011 HASTA 7:00 PM |
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Verificación de requisitos de las planchas postuladas por parte del Comisión verificadora |
COMISION VERIFICADORA /JUNTA DIRECTIVA |
9 JUNIO |
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Informe de la verificacion de las planchas postuladas |
JUNTA DIRECTIVA |
9 JUNIO |
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publicación de resultados de las planchas postuladas |
PRESIDENTE |
9 JUNIO |
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Proceso electoral – evento- lugar - hora |
JUNTA D/ PRESIDENTE |
13 SEPTIEMBRE DE 2011 7:00 A.M A 9:00 P.M |
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Escrutinio votación |
JUNTA D/ PRESIDENTE |
13 SEPTIEMBRE DE 2011 |
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Presentación de resultado votación |
COMISIÓN ESCRUTADORA |
13 SEPTIEMBRE DE 2011 |
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Publicación de resultados de votación |
PRESIDENTE SECRETARIO GENERAL |
14 SEPTIEMBRE DE 2011 |
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Cierre del proceso de elección. |
JUNTA DIRECTIVA/ PRESIDENTE |
14 SEPTIEMBRE DE 2011 |
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Toma de Juramento y Posesión de Dignatarios: Presidente, Vicepresidente y Secretario General |
JUNTA DIRECTIVA/ PRESIDENTE |
15 SEPTIEMBRE DE 2011 |
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El cronograma del presente proceso de elección de dignatarios de la SCCOT se encontrará publicado en la página Web ubicado en la dirección electrónica http://www.sccot.org.co; junto con todos los actos que así lo requieran en garantía del principio de transparencia del proceso en mención.
1.6. PLAZOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El control de la hora, para efectos de la actuación oportuna de los proponentes dentro del presente proceso, será llevado con fundamento en la hora legal colombiana. Para el efecto el reloj de correspondencia de la entidad, se encuentra ajustado al registro horario de la página Web de la Superintendencia de Industria y Comercio. http://horalegal.sic.gov.co
En el evento en que los términos se cumplan un día no hábil, se trasladará al día hábil siguiente.
1.6.1. FECHA DE APERTURA
La apertura del proceso se llevará a cabo el día previsto en el cronograma establecido en el numeral 1.5, del presente Pliego, en las Oficinas de la SCCOT.
1.6.2. FECHA Y HORA DE CIERRE
El cierre del proceso de selección se llevará a cabo en la hora y día previstos en el cronograma establecido en el numeral 1.5., del presente Pliego, en las Oficinas de la SCCOT.
1.6.3. PUBLICACIÓN DE REQUISITOS
Los requisitos del proceso de elección se dan conforme a los estatutos vigentes a partir del siguiente articulado:
ARTÍCULO 48 Nominaciones, Elecciones y períodos.
Los Miembros Titulares y Honorarios de la SCCOT que conforman la Asamblea general, elegirán los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario General, presentados en plancha(s) mediante, votación popular y mayoría simple, para períodos de dos (2) años, de acuerdo con el mecanismo de votación reglamentado por acuerdo previo de la Junta Directiva, en aras de asegurar la mayor representatividad electoral.
El Presidente será reemplazado en sus ausencias absolutas o temporales o en caso de incompatibilidad por el Vicepresidente.
Parágrafo 1.- Los candidatos a los cargos directivos de la Sociedad deberán ser postulados de acuerdo con los requisitos exigidos para cada cargo, por lo menos con tres meses de anterioridad ante la Junta Directiva la cual, revisará sus hojas de vida y ordenará su publicación en el órgano de comunicaciones físicas y/o virtuales de la SCCOT.
Parágrafo 2.- Quienes elijan Presidente, Vicepresidente y Secretario General, imponen por mandato al elegido el Plan Programático que presentó al inscribirse como candidato. La Junta Directiva mediante Acuerdo reglamentará los mecanismos de seguimiento al mismo.
Artículo 50.- Requisitos para Presidente y Vicepresidente.
Para ser Presidente o Vicepresidente de la Sociedad, los candidatos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser Miembro Titular de la Sociedad y haberlo sido por un período no menor a diez (10) años.
- Haber presentado por lo menos seis trabajos Científicos en reuniones o congresos de la Sociedad y haber participado por lo menos en seis ocasiones como conferencista en cursos o congresos reconocidos por la SCCOT.
- Haber presentado por lo menos tres publicaciones en la Revista Colombiana de Ortopedia y Traumatología o aquellas de similar categoría de acuerdo con la normatividad de Colciencias que estarán sujetas a consideración reglamentaria motivada por parte del comité editorial de la Revista Científica de la SCCOT. Así mismo, no se aceptarán cartas al editor, resúmenes de conferencias magistrales producto de presentaciones a eventos SCCOT, editoriales, notas de arte, cultura, notas históricas u otro tipo de nota.
- Haber pertenecido como miembro de Junta Directiva de un capitulo.
- Ser miembro de alguno de los Capítulos de la SCCOT.
- Haber formado parte de la Junta Directiva de la SCCOT.
- El candidato y su plancha deberá ser propuesto ante la Junta Directiva por dos Miembros Titulares u Honorarios, adjuntando un resumen de su hoja de vida, con todos sus trabajos científicos, conferencias y publicaciones hasta la fecha, con los soportes físicos o ruta de búsqueda para el cumplimiento del requisito, al cargo específico postulado y el Proyecto o programa de gestión para el período, el cual deberá estar enmarcado en el plan de desarrollo institucional de la SCCOT y será enviado a la Secretaría General por lo menos tres meses antes de la elección. Una vez recibidas las postulaciones, no habrá lugar a cambios. Una vez sean verificadas y aprobadas por Junta Directiva, función no delegable se publicará en los medios de comunicación pertinentes de la SCCOT y deberá ser expuesto en la Asamblea General por Acuerdo de la Junta Directiva.
Parágrafo 1: Se entiende como Trabajo Científico apto para este requisito:
Todo aquel Trabajo libre y/o Trabajo de ingreso, poster o E/poster, presentado en el marco de nuestro Congreso Nacional, o actividades académicas de la SCCOT, con su debida aprobación por Comité Científico Nacional, de acuerdo con su normatividad establecida.
Parágrafo 2: Es función del Secretario general, Fiscal y Revisor Fiscal como Comisión verificadora inicial, levantar un acta de recibo de las planchas, con sus requisitos claramente anexados de los soportes requeridos para su validación. |