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SOCIEDAD COLOMBIANA DE CIRUGIA ORTOPEDICA Y TRAUMATOLOGIA SCCOT.

RESOLUCIÓN Nº 005
(Mayo - 2006)

Por la cual se motiva la creación de las Comisiones y Comités de trabajo que acompañaran a la Junta Directiva durante el Régimen de Transición.

EL COMITÉ DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE CIRUGIA ORTOPEDICA Y TRAUMATOLOGIA SCCOT

En uso de sus facultades  estatutarias, especialmente el Parágrafo d) del articulo 47  del  estatuto vigente y

                                                   CONSIDERANDO:

  1. Que la Asamblea General de la Sociedad, reunida en Cartagena de Indias el 29 de Abril de 2006, aprobó el nuevo Estatuto de la SCCOT, cuyo objetivo es impulsar el nuevo modelo Regionalizado de administración.
  2. Que es mandato perentorio de la norma estatutaria la instrumentalizacion de la reforma adoptada el 29 de abril.
  3. Que en cumplimiento de lo ordenado en el articulo 7O parágrafo 2 del Estatuto vigente, el Señor Presidente de la Sociedad ha hecho la presentación de los proyectos de creación de las COMISIONES Y COMITES DE TRABAJO, que laboraran durante el termino del Régimen Transitorio, los que incluyen funciones, alcance, tareas a ejecutar, plan operativo y presupuesto,  

 
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Considerase prioritaria la creación de las Comisiones y Comités  de Trabajo,  que habrán de acompañar a la Junta Directiva Titular durante el  Régimen transitorio en la misión de instrumentalizar la reforma, y que por disposición estatutaria, corresponde a la Junta Directiva.

ARTICULO 2º.- Se anexan los siguientes proyectos de creación de Comisiones y Comités de Trabajo, aprobados en Comité Directivo y que hacen parte  integral de la presente Resolución y córrase  traslado de los mismos a la Junta Directiva para lo de su competencia:

  1. Comisión de Credenciales.
  2. Comisión para las Reformas estatutarias.
  3. Comisión de Comportamiento Profesional.
  4. Comisión de Educación.
  5. Comisión para Asuntos Gremiales.
  6. Comisión de Historia
  7. Comisión de Investigación
  8. Comisión de Relaciones Internacionales.
  9. Comisión de Delegados presidenciales en los capítulos.
  10. Comité Editorial
  11. Comité Pagina Web y Comunicaciones Virtuales

ARTICULO 3º.- La Junta Directiva Nacional mediante acuerdo dispondrá lo pertinente para su creación.
ARTICULO 4º La presente Resolución rige desde el momento de su emisión.

Comuníquese y cúmplase;

Dado en Bogotá, a los dieciocho (18) días del mes de mayo de 2006.

 

 

RODRIGO LÓPEZ ROGRÍGUEZ
Secretario General
JORGE FELIPE RAMÍREZ LEÓN
Presidente




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